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Realizas una actividad personal +
Recibes pago por ello +
Te dan ordenes (Subordinación):
Podrías ser beneficiario de un contrato laboral
Tendrías derecho a primas, cesantías, vacaciones, indemnizaciones, aportes a salud, pensión, ARL etc.
Nota: Una de las sanciones por desconocer el contrato laboral es el pago de un día de salario por cada día de retraso hasta por 3 años.
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